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MODIFICACIÓN DEL MAPA SANITARIO

Abr 24 2013
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Publicado en BOA 24/04/2013

 
            En el BOA de 24/04/2013, aparece publicado el DECRETO 61/2013, de 16 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Aragón.
 
Las modificaciones son:
 
1. Se incorpora la entidad singular de Juslibol, perteneciente al municipio de Zaragoza, a la Zona de Salud de Parque Goya. (Sector Zaragoza I)
2. Integración de las ZS de Belchite y ZS de Azuara en una única que se denominará Zona de Salud Campo de Belchite (Sector Zaragoza II).
3. El municipio de Fuendetodos, perteneciente actualmente a la ZS de María de Hueva (Sector Zaragoza III), pasa a pertenecer a la nueva ZS de Belchite (Sector Zaragoza II).
4. El municipio de Luesia, hasta el momento perteneciente a la ZS de Sádaba, se incorpora a la ZS de Ejea de los Caballeros (Sector Zaragoza III).
5. La Entidad singular de población Cubel, perteneciente a la ZS de Alhama de Aragón, pasa a pertenecer a la ZS de Daroca (Sector Calatayud).
6. La población del municipio de Calatayud, atendido en la ZS de Calatayud Rural, pasa a depender de la ZS de Calatayud Urbano (Sector Calatayud).
7. El municipio de Torralba de Ribota, incluido en la ZS Calatayud Urbana, pasa a pertenecer a la ZS de Villarroya de la Sierra (Sector Calatayud).
8. Se suprime la ZS de Teruel Rural. Los municipios que la conforman quedan distribuidos entre las ZZSS de Teruel Centro y Teruel Ensanche (Sector Teruel), que modifican sus límites territoriales de la siguiente manera:
Zona de Salud Teruel Centro:
Municipio de Teruel: El Campillo, Caudé, Concud, San Blas, Teruel, Tortajada, Valcecebro, Villalba Baja
Municipio de Bezas
Municipio de Celadas
Municipio Corbalán
Municipio de Cuevas Labradas
Municipio de Rubiales
Zona de Salud Teruel Ensanche:
Municipio de Formiche Alto: Formiche Alto, Formiche Bajo
Municipio de la Puebla de Valverde.
Municipio de Teruel: Aldehuela,  Castralvo, Teruel, Villaspesa
 
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto.
El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOA

 

VER AQUI DECRETO COMPLETO

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