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RETRIBUCIONES CAMBIO O ADAPTACIÓN DE PUESTO DE TRABAJO EN EMBARAZADAS

Sep 15 2020
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 En los casos de cambio o adaptación del puesto de trabajo durante el embarazo o lactancia, por motivos de salud apreciados por la Unidad de Prevención de Riesgos laborales, la trabajadora percibirá la diferencia con las retribuciones fijas y complementarias de su puesto de trabajo de origen en el supuesto que estas fueran superiores a las del puesto que efectivamente se desempeñe, incluida la atención continuada que corresponda según el calendario laboral de su puesto de trabajo de origen o, en caso que no sea posible, el promedio de lo percibido en los doce meses anteriores, durante el periodo que se mantenga dicha situación.

¡Es uno de los primeros logros conseguidos en la Comisión de Igualdad! Seguiremos trabajando.

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