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Mayo 14 2014
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RESOLUCIÓN de 8 de mayo de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, en ejecución del Auto de 7 de mayo de 2014, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Zaragoza, en el procedimiento abreviado 400/2009BI, por el que se levanta la suspensión de la eficacia de la Resolución de 15 de abril de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, que modifica la relación definitiva de participantes excluidos en el procedimiento de movilidad voluntaria de personal estatutario Médico de Familia de Atención Primaria, publicada por Resolución de 18 de febrero de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, y resuelve definitivamente el procedimiento de movilidad voluntaria para cubrir plazas de personal estatutario Médico de Familia de Atención Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón, publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, de 29 de abril de 2014.
 
 
Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, de conformidad con las competencias que le han sido otorgadas en la normativa vigente, resuelve:
 
Primero.- Dejar sin efecto la Resolución de 29 de abril de 2014, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud (“Boletín Oficial de Aragón”, número 86, de 6 de mayo de 2014), motivada por la suspensión cautelar de la eficacia de la Resolución de 15 de abril 2014, por la que se modifica la relación definitiva de participantes excluidos en el procedimiento de movilidad voluntaria de personal estatutario Médico de Familia de Atención Primaria, publicada por Resolución de 18 de febrero de 2014 de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud y se resuelve definitivamente el procedimiento de movilidad voluntaria para cubrir plazas de personal estatutario Médico de Familia de Atención Primaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.
 
Segundo.-  De conformidad con lo establecido en las bases 9.4 y 9.5 de la Convocatoria de 28 de junio de 2013, los adjudicatarios deberán cesar en la plaza que, en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”, de la presente resolución y tomar posesión de la nueva plaza dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese si la plaza desempeñada y la adjudicada son de la misma provincia, en el plazo de quince días hábiles si pertenecen a distinta provincia, o en el de un mes si la plaza desempeñada corresponde a otro Servicio de Salud. Para estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia de que sea en condición de destino definitivo, reingreso, destino provisional o comisión de servicios. En el caso de que la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a partir del día siguiente a esta publicación.
 
Tercero.- Acordar la inmediata publicación de la presente resolución en la página web del Servicio Aragonés de Salud, dar conocimiento de la misma a los demás Servicios de Salud del Sistema Nacional de Salud para su inmediata difusión entre los participantes en este procedimiento de movilidad y remitirla para su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.
 
 
 
 
 
          Hasta que se produzca la incorporación efectiva de este personal, materializada en la respectiva toma de posesión, las plazas que tuvieran asignadas se mantendrán ocupadas por el correspondiente personal temporal.
 
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3ª. —Incorporación de adjudicatarios y sistema de ceses
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d) En todo caso, deberá prevalecer el derecho a la toma de posesión del adjudicatario sobre cualquier situación del empleado que se encuentre ocupando la plaza adjudicada.
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Reingreso provisional del personal que resulta cesado como consecuencia de la resolución del procedimiento de movilidad voluntaria
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2.-Quienes no hayan obtenido destino, habiendo solicitado todas las vacantes de su ca­tegoría, modalidad y Área de Salud, y resulten desplazados del puesto que vienen ocupando, podrán optar por obtener nuevo destino provisional en alguna de las plazas que resulten va­cantes como consecuencia de la resolución del mismo, o por pasar nuevamente a la situación de excedencia voluntaria.  Los que opten por un nuevo destino con carácter provisional, podrán solicitar el reingreso en cualquiera de las plazas vacantes ofertadas, por orden de preferencia. Las solicitudes deberán dirigirse por los interesados a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de la Sa­lud, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación en el BOA de la resolución definitiva del procedimiento de movilidad voluntaria.
La instancia se encuentra en el BOA 18/01/2010

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